Siguen las intoxicaciones en campañas de prensa. En ningún punto de la sentencia del TSJ de Madrid se afirma que para firmar un proyecto tenga que ostentarse título de Master alguno. La Sentencia dice así FALLAMOS 1.-DESESTIMAR el recurso contencioso-administrativo 492/18, interpuesto por la Procuradora Dña……………………..en nombre y representación de INSTITUTO DE INGENIEROS TÉCNICOS DE ESPAÑA, contra la Resolución de 11-05-17 (BOE 13.05.17) del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (Sª Estado de Universidades ), por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Universidades de 10-05-17, por el que se ordenan las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, actuación administrativa que en consecuencia se confirma por resultar acorde a Derecho, en cuanto al extremo debatido en autos. 2.-Imponer a la parte actora las costas del presente recurso, en los términos del Fº Jº 7º de esta sentencia. Respetemos y acatemos la legislación vigente